Es un órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, de categoría III-2, rector en salud ocular, cuya misión es proteger la dignidad de la persona, promoviendo la salud ocular, previniendo las enfermedades, desarrollando normas, estrategias, instrumentos de la calidad de los programas nacionales en salud ocular y garantizando la atención integral altamente especializada de salud de todos los habitantes del país; proponiendo y conduciendo las estrategias sanitarias en concertación con todos los sectores públicos del Estado y los actores sociales públicos y privados.